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"El error de prohibir los sondeos electorales" - Islas Cies Blog
La prohibición a los medios de comunicación de publicar y difundir sondeos electorales durante los cinco días anteriores al de la votación, establecida en el artículo 69.7 de la ley electoral de 1985, supone una clara limitación de la libertad de expresión, impropia de una democracia consolidada como la nuestra. EL PERIÓDICO DE CATALUNYA cumplirá